Respecto a lo comentado sobre estado de exepcion, en nuestra constitucion politica se consagra 3.hace un tiempo debido a la pandemia se declaro estado de emergencia a nivel nacional. mi pregunta aqui es si estos 3 "estados de exepcion" son antidemocraticos porque o debido a que estan en la constitucion. ¿SE PRESTAN PARA TENDER A UN ESTADO AUTORITARIO? ¿si son eficacez ? ¿si sirven?.
¿La razón , la discusión y la liberación sobre un estado , por qué incentiva y garantiza el poder constituyente en una democracia igualitaria para todos y todas?
[G2 UN: María Paula Arango Ángel] Según el tema tratado en el live de la conferenacía del anterior viernes; Colombia como constitucionalista, se acerca cada día al autoritarismo. La situación de la crisis mundial del 2020, no muy lejana al año de elecciones nacionales, ¿Podrá generar algún cambio en la forma de gobierno según la opinión de estudiosos y expertos en el tema?
Me inquieta bastante el saber que Colombia como lo menciona el profesor es una forma de gobierno democrática con rasgos autoritarios pero qué puede generar o qué impide a Colombia volverse una forma de gobierno autoritario? y si la proyección del gobierno actual tiene un enfoque autoritario, esto teniendo en cuenta los futuros gobiernos que vienen en camino en los diferentes partidos.
G3UN: Erien Sebastián Girón Atehortua. ¿Por qué se habla de constitución en algunos países, si como menciona el profesor, para esto debe haber "separación de poderes y garantía de derechos" y aunque esté plasmado en el papel, no siempre se cumple (en especial la garantía de derechos)?
G3UN: Alberto Varela Garcia. ¿Por que no se puede considerar la carta magna como la primera constitución de la historia?, dado que el conferencista menciona que la primera es la de philadelphia durante la independencia de Estados Unidos y que la carta magna solo da ideas constitucionalistas.
En nuestro contexto, en el cual, la propiedad es producto del expolio de pueblos originarios y que mediante la instalación y control de instituciones (notarias, etc) se legitimó el derecho sobre esta,
¿sería autoritario que un gobierno expropiara y devolviese la propiedad a los dueños originales?
además en la actualidad como producto del conflicto armado somos testigos de como el derecho a la propiedad fue alienado.
Cómo es posible extender la constitución y el estado para que abarque todo el territorio; y las herramientas de representación, control y participación sean efectivas en los territorios fuera del radar mediático y del poder central.
Durante la conferencia no dejé de pensar en el comentario que dio el profesor, sobre cómo el presidencialismo en Colombia ha presentado varias acciones que tienden al autoritaritarismo, yendo en contra del derecho y la democracia. Principalmente de como el poder está en manos de unos pocos, y estos mismos están encargados de crear y aplicar ciertas leyes, que son en realidad para beneficio propio. Así, rompiendo la separación de poderes, la libertad constitucional y la participación de los individuos en nuestra democracia.
[G2UN: Karen Andrea Mesa Arango] ¿Las monarquías parlamentarias actuales (como el caso de Reino Unido) inciden perjudicialmente en algún aspecto democrático dentro del país al no poseer una constitución escrita?
G3UN: Salomé Quejada Pérez. ¿Es posible plantear al estado de excepción como un autoritarismo temporal que pone el deseo de imponer orden sobre la construcción conjunta de sociedad?. Si este tipo de figuras excepcionales se transforman en una herramienta para imponer modelos de estado donde queda la participación ciudadana en países como Colombia en los que la anomalía es normalidad.
[G2 UN: Santiago Yepes Montoya] ¿Qué clase de seguridad en sí mismo tiene un pueblo que se cree obligado a fijar como intangibles, con la coacción del derecho, los llamados valores fundamentales de la regulación de la vida y de su organización política, tanto para sí mismo como para las generaciones futuras, a las que con ello está negándoles desde el principio el reconocimiento de su propia madurez?
Buenas Noches, me gustaría hacer hincapié en esta frase de Montesquieu citada por el profesor.
"Para que no se pueda abusar del poder, es preciso que el poder detenga al poder"
Bien podemos observar la importancia que cobra la constitución dentro del estado como reguladora del poder, y por ende, es aquí donde se construye y fundamenta la democracia.
De lo anterior me surgen una serie de preguntas: ¿podemos encontrar gobiernos no democráticos con constitución? ¿Se instaura primero la constitución y posteriormente la democracia o es la democracia quien permite el establecimiento de una constitución?
[G1UN: Juan Esteban Rojas Carmona] Buenas Noches, quisiera que me definieran de una manera mas clara el concepto de estado de excepción dentro del constitucionalismo. Muchas Gracias
[G2 UN:Juan Pablo Muñoz Jimenez]Si la democracia se entiende como un sistema politico imperfecto y se encuentra en constante evolución, además de que este se toma como sistema politico principal en diferentes paises de diferentes niveles de desarrollo, ¿Cuales son sus conceptos teoricos y metodos centrales a tomar en cuenta según el nivel de desarrollo de un país?
G2UN (EDWAN BET CASTILLA TORRES): Se supone que el estado de Derecho exige que la formación de la voluntad democrática no pueda atentar contra los derechos humanos que han sido estimados como derechos fundamentales. Pero estos tipos de sucesos ocurren en países como Venezuela y Colombia, ¿Cómo podría evitarse la correncia de estos abusos?
[G1UN Marlon Esteban Parrado LLanos]
Respecto a lo comentado sobre estado de exepcion, en nuestra constitucion politica se consagra 3.hace un tiempo debido a la pandemia se declaro estado de emergencia a nivel nacional. mi pregunta aqui es si estos 3 "estados de exepcion" son antidemocraticos porque o debido a que estan en la constitucion. ¿SE PRESTAN PARA TENDER A UN ESTADO AUTORITARIO? ¿si son eficacez ? ¿si sirven?.
G3UN: Luis Fernando López Henao.
¿La razón , la discusión y la liberación sobre un estado , por qué incentiva y garantiza el poder constituyente en una democracia igualitaria para todos y todas?
[G2 UN: María Paula Arango Ángel] Según el tema tratado en el live de la conferenacía del anterior viernes; Colombia como constitucionalista, se acerca cada día al autoritarismo. La situación de la crisis mundial del 2020, no muy lejana al año de elecciones nacionales, ¿Podrá generar algún cambio en la forma de gobierno según la opinión de estudiosos y expertos en el tema?
Buenos días a todas y todos. Les agradecemos por sus participaciones, les daremos respuesta a sus inquietudes.
G2UN: andres felipe valencia
quisiera saber ¿Cuáles son las diferencias puntuales entre absolutismo y totalitarismo?
G2UN: Josemaría Puerta
Me inquieta bastante el saber que Colombia como lo menciona el profesor es una forma de gobierno democrática con rasgos autoritarios pero qué puede generar o qué impide a Colombia volverse una forma de gobierno autoritario? y si la proyección del gobierno actual tiene un enfoque autoritario, esto teniendo en cuenta los futuros gobiernos que vienen en camino en los diferentes partidos.
G3UN: Erien Sebastián Girón Atehortua. ¿Por qué se habla de constitución en algunos países, si como menciona el profesor, para esto debe haber "separación de poderes y garantía de derechos" y aunque esté plasmado en el papel, no siempre se cumple (en especial la garantía de derechos)?
G3UN: Alberto Varela Garcia. ¿Por que no se puede considerar la carta magna como la primera constitución de la historia?, dado que el conferencista menciona que la primera es la de philadelphia durante la independencia de Estados Unidos y que la carta magna solo da ideas constitucionalistas.
G3UN: Julián Antonio Rivera Arango
En nuestro contexto, en el cual, la propiedad es producto del expolio de pueblos originarios y que mediante la instalación y control de instituciones (notarias, etc) se legitimó el derecho sobre esta,
¿sería autoritario que un gobierno expropiara y devolviese la propiedad a los dueños originales?
además en la actualidad como producto del conflicto armado somos testigos de como el derecho a la propiedad fue alienado.
Cómo es posible extender la constitución y el estado para que abarque todo el territorio; y las herramientas de representación, control y participación sean efectivas en los territorios fuera del radar mediático y del poder central.
(G2UN LUIS FELIPE OSORIO GARCÍA)
Durante la conferencia no dejé de pensar en el comentario que dio el profesor, sobre cómo el presidencialismo en Colombia ha presentado varias acciones que tienden al autoritaritarismo, yendo en contra del derecho y la democracia. Principalmente de como el poder está en manos de unos pocos, y estos mismos están encargados de crear y aplicar ciertas leyes, que son en realidad para beneficio propio. Así, rompiendo la separación de poderes, la libertad constitucional y la participación de los individuos en nuestra democracia.
[G2UN: Karen Andrea Mesa Arango] ¿Las monarquías parlamentarias actuales (como el caso de Reino Unido) inciden perjudicialmente en algún aspecto democrático dentro del país al no poseer una constitución escrita?
G3UN: Salomé Quejada Pérez. ¿Es posible plantear al estado de excepción como un autoritarismo temporal que pone el deseo de imponer orden sobre la construcción conjunta de sociedad?. Si este tipo de figuras excepcionales se transforman en una herramienta para imponer modelos de estado donde queda la participación ciudadana en países como Colombia en los que la anomalía es normalidad.
[G2 UN: Santiago Yepes Montoya] ¿Qué clase de seguridad en sí mismo tiene un pueblo que se cree obligado a fijar como intangibles, con la coacción del derecho, los llamados valores fundamentales de la regulación de la vida y de su organización política, tanto para sí mismo como para las generaciones futuras, a las que con ello está negándoles desde el principio el reconocimiento de su propia madurez?
[G1UN: Valentina López Vargas]
Buenas Noches, me gustaría hacer hincapié en esta frase de Montesquieu citada por el profesor.
"Para que no se pueda abusar del poder, es preciso que el poder detenga al poder"
Bien podemos observar la importancia que cobra la constitución dentro del estado como reguladora del poder, y por ende, es aquí donde se construye y fundamenta la democracia.
De lo anterior me surgen una serie de preguntas: ¿podemos encontrar gobiernos no democráticos con constitución? ¿Se instaura primero la constitución y posteriormente la democracia o es la democracia quien permite el establecimiento de una constitución?
[G1UN: Juan Esteban Rojas Carmona] Buenas Noches, quisiera que me definieran de una manera mas clara el concepto de estado de excepción dentro del constitucionalismo. Muchas Gracias
[G2 UN:Juan Pablo Muñoz Jimenez]Si la democracia se entiende como un sistema politico imperfecto y se encuentra en constante evolución, además de que este se toma como sistema politico principal en diferentes paises de diferentes niveles de desarrollo, ¿Cuales son sus conceptos teoricos y metodos centrales a tomar en cuenta según el nivel de desarrollo de un país?
G2UN (EDWAN BET CASTILLA TORRES): Se supone que el estado de Derecho exige que la formación de la voluntad democrática no pueda atentar contra los derechos humanos que han sido estimados como derechos fundamentales. Pero estos tipos de sucesos ocurren en países como Venezuela y Colombia, ¿Cómo podría evitarse la correncia de estos abusos?